Acuerdo ICMS nº 52/91

El Acuerdo ICMS nº 52/91 permite la reducción de la base de cálculo en operaciones con ciertos productos / equipos.

Los estados otorgaron anteriormente este beneficio solo a maquinaria y equipo para uso industrial o agrícola. Sin embargo, algunas decisiones judiciales consideran que esta limitación es inconstitucional y lo que debe considerarse es si la clasificación del producto vendido se encuentra en uno de los anexos del Acuerdo.

En este contexto, nuestro trabajo implica el diagnóstico de productos vendidos por las empresas y su demanda de los beneficios del Acuerdo 52, así como la preparación de cálculos y encuestas de documentación de respaldo. También parte de nuestro trabajo es la preparación de hojas de soporte e informes.